EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA ENTRE DOS AGUAS: EL CASO PRUEBA FOTOGRÁFICA.

(El autor es miembro del CIPI, Profesor Contratado Investigador en Formación de la UAM)

 

De la misma manera que en la Antigüedad miles de personas acudían al Oráculo de Delfos para realizar toda clase de consultas, los europeos del siglo XXI cuentan también con su particular “oráculo”. Me refiero al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE). Si el Oráculo interpretaba la voluntad del dios Apolo, el TJUE responde a las cuestiones prejudiciales de los tribunales nacionales interpretando el Derecho de la Unión Europea. Y exactamente igual que ocurría en Delfos, las respuestas del TJUE pueden ser meridianamente claras o absolutamente confusas. Debido a ello, existe una extensa jurisprudencia que trata de concretar el concepto autónomo de “comunicación pública” contenido en el artículo 3 de la Directiva 2001/29/CE, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información.

ATRESMEDIA SE LIBRA DE UNA INDEMNIZACIÓN MILLONARIA.

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Tras diez años de litigio, el Tribunal de Justica de la Unión Europea (en adelante, TJUE) se pronuncia sobre la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo (en adelante, TS) sobre el derecho de remuneración equitativa y única por la comunicación pública a favor de los artistas y los productores de fonogramas cuando estos se reproducen en obras audiovisuales. El TJUE, finalmente, niega la existencia de dicha remuneración en su reciente sentencia de 18 de noviembre de 2020, sobre el caso Atresmedia (asunto C-147/19).

SABAM CONTRA TOMORROWLAND: EL PRECIO DE ESTAR EN EL PODIO.

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

La industria de los festivales musicales ha crecido de manera exponencial en los últimos años innegablemente, convirtiéndose en una importante fuente de grandes ingresos. Si bien es cierto que miles de festivales se celebran anualmente alrededor del mundo, hay uno de ellos que consigue eclipsar a los demás: Tomorrowland. Este festival belga de música electrónica logra congregar a casi medio millón de personas y miles de artistas en una veintena de escenarios en cada edición. A pesar de ello, las empresas encargadas de organizar Tomorrowland y Wecandance (otro famoso festival belga), Weareone.world BVBA y Wecandance NV respectivamente (en adelante, las empresas organizadoras), se encuentran actualmente en plena disputa con SABAM, la entidad de gestión belga de derechos de autores y editores.

EL MONTAJE TRAS EL BESO MÁS FAMOSO DE LA HISTORIA: ¿OBRA FOTOGRÁFICA Ó MERA FOTOGRAFÍA?

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

La famosa fotografía conocida como El beso del ayuntamiento (Le baiser de l'hôtel de ville) esconde detrás una historia digna de ser relatada. El beso fue capturado en 1950 por el célebre fotógrafo francés Robert Doisneau, convirtiéndose en un símbolo de amor, juventud y libertad para el entonces París de la posguerra. Pero… ¿hubo alguna preparación detrás o las casualidades existen?

EXPRESIONES CULTURALES TRADICIONALES: ¿PUEDE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PROTEGER EL FOLCLÓRE?

(Los autores fueron estudiantes de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Una “canción de mala muerte” flamenca, una máscara indígena del pueblo Boruca, las artesanías de Chiapas, un sudario peruano con imágenes de la época preincaica… Un sinfín de dudas surgen alrededor de este tipo de expresiones culturales, muestra de la riqueza folclórica que propugnan la seña de identidad más antigua del ser humano: la creatividad de la comunidad. ¿Son obras originales? ¿A quién pertenecen? ¿Están en dominio público? Y lo más importante… ¿Es la propiedad intelectual el mejor cauce para protegerlas? Paolo Lanteri, Santiago Orós y Franz Ruz mostraron la otra cara de la moneda de una materia tan cercana como desconocida en un interesante debate on line organizado el 27 de noviembre de 2020 por la Asociación de Antiguos Alumnos del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías de la Universidad Autónoma de Madrid y moderado por la profesora Pilar Cámara.

COMUNICACIÓN AL PÚBLICO Y COCHES DE ALQUILER: UN NUEVO RETO PARA EL TJUE (CASO STIM Y SAMI).

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) afina, aún más si cabe, el concepto de comunicación al público a través de la reciente sentencia de 2 de abril de 2020 (caso STIM y SAMI, asunto C-753/18). Como bien sabrá el lector, no es la primera vez (y seguramente tampoco la última) que el TJUE debe resolver qué es y qué no es un acto de comunicación al público atendiendo a circunstancias y hechos muy específicos.

EL CONCEPTO DE DIRECCIÓN COMO DATO PERSONAL FRENTE A LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

(El autor fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Cada día es más común ingresar a alguna página web en que es posible acceder a distintos tipos de obras y contenidos. Pensamos en Youtube, Netflix, Amazon, HBO, Pelispedia, Cuevana, entre muchas otras, en las que con tan solo un click es posible visualizar series y películas que se alojan en sus servidores. ¿Alguna vez has pensado que esas páginas pueden estar vulnerando derechos de propiedad intelectual? Y si efectivamente se infringieran, ¿podría la plataforma entregar los datos personales del infractor si así lo exigiere el titular cuyos derechos han sido lesionados?

LIONEL MESSI GANA EL PARTIDO CONTRA LA EUIPO Y PUEDE REGISTRAR SU MARCA.

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

El 17 de septiembre de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) falló sobre dos asuntos acumulados relativos al registro de una marca figurativa comunitaria. La sentencia se pronuncia sobre dos recursos de casación interpuestos por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (en adelante, EUIPO) y la empresa J.M.-E.V. e hijos, titular de una marca de signo similar a la que es objeto del conflicto (asuntos C-449/18 P y C-474/10 P).

SALVEMOS ÁRBOLES, PERO SIN DESTRUIR AUTORES: CASO TOM KABINET.

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Una vez más, se nos presenta un escenario bajo el cual la digitalización va un paso por delante respecto de la ley. No obstante, a través de la interpretación de la normativa, ha sido posible en el caso que nos ocupa dar respuesta a un interrogante en relación con la venta de segunda mano de libros electrónicos. A continuación, un pequeño comentario de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE, en adelante) de 19 de diciembre de 2019, sobre el caso Tom Kabinet (asunto C ‑ 263/18).

LAS IMPLICACIONES DEL SAMPLING EN LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

(El alumno fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Nadie puede negar que, alguna vez, escuchando una canción, haya alguna parte de esta que le provoque cierta sensación de déjà-vu, es decir, que nos suscite un pensamiento de que esto ya lo habíamos escuchado antes. A pesar de que esta clase de sensaciones, de recuerdos vividos, no estén biológicamente comprobados, cierto es que, en el caso de la música, son reales en muchas ocasiones. La razón de ser de este fenómeno no se lo debemos a nada místico, sino a una técnica muy común denominada sampling. ¿Qué es esto del sampling?