EL MONTAJE TRAS EL BESO MÁS FAMOSO DE LA HISTORIA: ¿OBRA FOTOGRÁFICA Ó MERA FOTOGRAFÍA?

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

La famosa fotografía conocida como El beso del ayuntamiento (Le baiser de l'hôtel de ville) esconde detrás una historia digna de ser relatada. El beso fue capturado en 1950 por el célebre fotógrafo francés Robert Doisneau, convirtiéndose en un símbolo de amor, juventud y libertad para el entonces París de la posguerra. Pero… ¿hubo alguna preparación detrás o las casualidades existen?

EXPRESIONES CULTURALES TRADICIONALES: ¿PUEDE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PROTEGER EL FOLCLÓRE?

(Los autores fueron estudiantes de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Una “canción de mala muerte” flamenca, una máscara indígena del pueblo Boruca, las artesanías de Chiapas, un sudario peruano con imágenes de la época preincaica… Un sinfín de dudas surgen alrededor de este tipo de expresiones culturales, muestra de la riqueza folclórica que propugnan la seña de identidad más antigua del ser humano: la creatividad de la comunidad. ¿Son obras originales? ¿A quién pertenecen? ¿Están en dominio público? Y lo más importante… ¿Es la propiedad intelectual el mejor cauce para protegerlas? Paolo Lanteri, Santiago Orós y Franz Ruz mostraron la otra cara de la moneda de una materia tan cercana como desconocida en un interesante debate on line organizado el 27 de noviembre de 2020 por la Asociación de Antiguos Alumnos del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías de la Universidad Autónoma de Madrid y moderado por la profesora Pilar Cámara.

COMUNICACIÓN AL PÚBLICO Y COCHES DE ALQUILER: UN NUEVO RETO PARA EL TJUE (CASO STIM Y SAMI).

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) afina, aún más si cabe, el concepto de comunicación al público a través de la reciente sentencia de 2 de abril de 2020 (caso STIM y SAMI, asunto C-753/18). Como bien sabrá el lector, no es la primera vez (y seguramente tampoco la última) que el TJUE debe resolver qué es y qué no es un acto de comunicación al público atendiendo a circunstancias y hechos muy específicos.

EL CONCEPTO DE DIRECCIÓN COMO DATO PERSONAL FRENTE A LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

(El autor fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Cada día es más común ingresar a alguna página web en que es posible acceder a distintos tipos de obras y contenidos. Pensamos en Youtube, Netflix, Amazon, HBO, Pelispedia, Cuevana, entre muchas otras, en las que con tan solo un click es posible visualizar series y películas que se alojan en sus servidores. ¿Alguna vez has pensado que esas páginas pueden estar vulnerando derechos de propiedad intelectual? Y si efectivamente se infringieran, ¿podría la plataforma entregar los datos personales del infractor si así lo exigiere el titular cuyos derechos han sido lesionados?