Banksy destrozado

(El autor fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

La mano en la boca de los presentes en la subasta no fue suficiente para evitar el sollozo, al ver como el Banksy por el que aún retumbaba la maza, se hacía trizas tras ser vendido por un millón cuatrocientos mil dólares.

Solo un desmayo a la antigua usanza -de los de mano en la frente a modo de trompa para acompañar la caída- hubiera confeccionado una escena más prefabricada en la sala londinense Sotheby’s. Una broma que en base a la regulación española, supuso un contundente derecho de retirada (Art. 14.6º LPI), al decidir el artista hacer añicos la venta de su obra, y de paso también la sensibilidad del selecto público que presenció tal ultraje -ver algo así solo te alegra en la oficina de tu contable-.

El Tribunal General de la UE avala la marca «Cave de Tain» frente al Consejo Regulador del Cava.

(La autora fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)
 
«Cave de Tain» gana la batalla de las marcas frente al Consejo Regulador del Cava después de que el Tribunal General de la UE dio razón a la marca francesa concluyendo en su dictamen que no hay riesgo de confusión entre ambas marcas.
 
En el año 2012 la asociación «Cave de Tain L’Hermitage» solicitó el registro de la marca «Cave de Tain» a la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO). La solicitud fue aceptada por la EUIPO en mayo de 2014 registrándose como marca de vino.