ATRESMEDIA SE LIBRA DE UNA INDEMNIZACIÓN MILLONARIA.

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Tras diez años de litigio, el Tribunal de Justica de la Unión Europea (en adelante, TJUE) se pronuncia sobre la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo (en adelante, TS) sobre el derecho de remuneración equitativa y única por la comunicación pública a favor de los artistas y los productores de fonogramas cuando estos se reproducen en obras audiovisuales. El TJUE, finalmente, niega la existencia de dicha remuneración en su reciente sentencia de 18 de noviembre de 2020, sobre el caso Atresmedia (asunto C-147/19).

EL TRATADO DE BEIJING ¿UN NUEVO ESTÁNDAR PARA LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL O UNA CONTINUACIÓN DEL STATUS QUO?

(La autora fue estudiante de la XIV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

El Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, adoptado el 24 de junio de 2012 (en adelante: “el Tratado de Beijing”), finalmente entró en vigor el 28 de abril de 2020 respecto de las treinta partes contratantes que lo han ratificado.