ESLÓGANES: ¿SE DEBEN REGISTRAR COMO MARCA O SE LES DEBE ASIGNAR UN TIPO DE PROTECCIÓN DIFERENTE?

(La autora fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN. TT. de la UAM)

 

Los eslóganes son frases publicitarias que buscan reforzar y complementar a las marcas, así como promocionar productos o servicios en el mercado y captar potenciales consumidores/usuarios para los mismos.

Estos signos pueden llegar a quedarse en la mente del consumidor al punto que, en algunos casos, no hace falta mencionar a la marca, ya que el consumidor la asocia automáticamente. A modo de ejemplo tenemos:

  • “Just do it” (de Nike).
  • “Hay cosas que el dinero no puede comprar. Para todo lo demás, MasterCard” (de Mastercard).
  • “Life is good” (de LG).
  • “Ideas for life” (de Panasonic).
  • “Obedece a tu sed, toma Sprite” (de Sprite).
  • “Think Different” (de Apple).
  • “Porque tú lo vales” (Loreal), entre otros.

En el Perú, a estas frases se les conoce como “lemas comerciales” y su tratamiento se encuentra regulado en la Decisión Andina 486 y en el Decreto Legislativo 1075.

EL BLOCKCHAIN: QUÉ ES Y PARA QUÉ PUEDE SER ÚTIL EN LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

(La autora fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. UAM)

 

El blockchain es una tecnología que cada vez está más de moda y que posiblemente sea una herramienta con un futuro más que prometedor.

Se trata de una especie de enorme libro de cuentas en los que los registros (los bloques) se enlazan, simulando una cadena, de tal manera que están cifrados para proteger la información que en ellos se almacena. Viene a ser una suerte de base de datos segura y cifrada, aplicable a muchos tipos de transacciones. A menudo asociamos el blockchain a la tecnología que hay detrás de los bitcoins, pero no es más que una estructura de datos en la que la información contenida se agrupa en conjuntos a los que se les añade metainformaciones relativas a otro bloque de la cadena anterior siguiendo una línea temporal. Esta información puede ser de cualquier tipo. Y ahí es donde puede tener cabida el Derecho de propiedad intelectual e industrial.

Reforma de la Ley de Marcas: Cuestiones principales para su comprensión

(Las autoras fueron estudiantes de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Es una realidad que en la actualidad los mercados económicos experimenten constantes y vertiginosos cambios en la forma en que se desarrollan las transacciones diarias, tanto de bienes como de servicios. Dentro de estos mercados, no sólo los activos materiales tienen un valor primordial, sino también los signos que se utilizan para identificarlos y diferenciarlos del resto de los competidores, es decir, los llamados activos inmateriales. Estos van cobrando con el paso del tiempo un papel más relevante en las referidas transacciones y, paralelamente, pasa lo mismo con los medios para protegerlos. Por lo tanto, no sorprende que la Unión Europea decida ponerse a la vanguardia y, con el fin de armonizar las legislaciones de cada uno de sus miembros, dicte aprobara la Directiva N° 2015/2436, “relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas” de fecha 16 de diciembre de 2015.

De la concesión a la denegación; expresiones genéricas, descriptivas y evocativas en el derecho marcario

(El autor fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

En un mundo globalizado, que tiende a traspasar los límites espacio-temporales por el comercio cibernético, los derechos de Propiedad Industrial cobran un valor patrimonial significativo y determinante para los empresarios que promueven comercialmente diferentes productos y servicios en diversos sectores económicos. Por lo anterior, el empresario que aspira a participar en el comercio global, debe lograr el registro de un signo fácil de recordar por el consumidor, un signo que, además, debe tener una aptitud distintiva intrínseca y extrínseca, para enfrentarse a la permanente competencia paralela.