LIONEL MESSI GANA EL PARTIDO CONTRA LA EUIPO Y PUEDE REGISTRAR SU MARCA.

(La autora fue estudiante de la XV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

El 17 de septiembre de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) falló sobre dos asuntos acumulados relativos al registro de una marca figurativa comunitaria. La sentencia se pronuncia sobre dos recursos de casación interpuestos por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (en adelante, EUIPO) y la empresa J.M.-E.V. e hijos, titular de una marca de signo similar a la que es objeto del conflicto (asuntos C-449/18 P y C-474/10 P).

REGISTRO DE MARCAS: EL PROBLEMA DE LAS MARCAS OLFATIVAS.

(El autor fue estudiante de la XIV Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Con la reforma de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, a través del Real Decreto Ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, por el cual se transpone la Directiva UE 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2015 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas, se produce, entre otras, una importante modificación del concepto de marca.

LA MALA FE EN LA SOLICITUD DE MARCA.

(El alumno fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)

 

Con fecha 4 de abril del 2019 la abogada general (A.G.) Juliane Kokott presentó sus conclusiones (Asunto C-104/18 P) al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en un asunto relativo a un recurso de casación por la desestimación de una solicitud de nulidad de marca por mala fe en la solicitud [1].