El Tribunal General de la UE avala la marca «Cave de Tain» frente al Consejo Regulador del Cava.

  • Escrito por Delia GONZÁLEZ LÓPEZ
(La autora fue estudiante de la XIII Edición del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de la UAM)
 
«Cave de Tain» gana la batalla de las marcas frente al Consejo Regulador del Cava después de que el Tribunal General de la UE dio razón a la marca francesa concluyendo en su dictamen que no hay riesgo de confusión entre ambas marcas.
 
En el año 2012 la asociación «Cave de Tain L’Hermitage» solicitó el registro de la marca «Cave de Tain» a la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO). La solicitud fue aceptada por la EUIPO en mayo de 2014 registrándose como marca de vino. 
 
El Consejo Regulador del Cava solicitó en junio de 2018 la anulación de esta alegando que «evocaba la denominación protegida de origen “cava” dado la «similitud gráfica y fonética» de la marca francesa.
 
Frente a esta petición, la EUIPO desestimó la demanda de estos alegando que en ningún caso la marca evocaba la denominación de origen «cava» y que la palabra «cave» significaba “bodega” en francés.
 
El Consejo Regulador del Cava no dejó el caso ahí y decidió recurrir ante el Tribunal General de la UE, considerando que la marca de la UE debería “anularse con respecto de los vinos espumosos con denominación calificada”.
 
En una sentencia del 12 de julio de 2018 el Tribunal General de la Unión Europea desestima el recurso del Consejo Regulador del Cava que pedía la anulación como marca de la UE del vino francés «Cave de Train», argumentado que «el consumidor asociará la marca francesa, por su estructura, a un vino producido en Francia, independientemente de que se trate de un vino espumoso o no». Se distingue así de la denominación de origen protegida «Cava».